ICNL lanza informe regional sobre el entorno legal para las organizaciones de sociedad civil en las AméricasJocelyn Nieva

En las Américas y alrededor del mundo, las personas se asocian para enfrentar colectivamente problemas compartidos. El derecho fundamental de la libertad de asociación, consagrado en varios instrumentos internacionales de derechos humanos como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, requiere que los Estados respeten y promuevan el pleno gozo del derecho de las personas a colaborar en asociaciones y otras formas legales de organizaciones de sociedad civil (OSC). Estos instrumentos legales establecen justificaciones muy limitadas, interpretadas estrictamente, para que un Estado pueda legítimamente restringir la libertad de asociación: las restricciones deben ser previstas por ley y necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública, o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. Sin embargo, en países de América Latina de diferentes orientaciones ideológicas y características demográficas y económicas, el entorno legal en que operan las OSC limita el ejercicio de la libertad de asociación por motivos que no conforman con este estándar, o no la promueve de manera transparente.

Las intervenciones en la libertad de las personas a trabajar de manera conjunta para objetivos lícitos toman formas variadas. Solo de manera ilustrativa, se puede citar: Dificultades para formar una asociación reconocida por el Estado debido a requisitos onerosos de documentación y procedimientos lentos y costosos; Intervenciones en las asuntos internos de las OSC a través de limitaciones en sus campos de actividades, restricciones en cuanto quienes pueden adherirse a la organización o servir como director, entre otras; Obligaciones confusas y contradictorias que causan inseguridad entre las OSC – particularmente entre grupos de base sin acceso a asesores legales; Restricciones a la posibilidad de auto sostenerse como entidades independientes al prohibir o limitar el acceso al financiamiento de fuentes internacionales o por la venta de productos o servicios; y el cierre de una organización, contra la voluntad de sus miembros, por violaciones técnicas o corregibles a la normativa o sin las garantías de debido proceso.

Hay muchos motivos para estas limitaciones. Algunos Estados utilizan esta clase de norma restrictiva como mecanismo de control a organizaciones percibidas como “oposición.” Restringen el espacio legal de las OSC, insistiendo que estas medidas son necesarias para defender a la soberanía nacional, luchar en contra la corrupción, o proteger la moral, entre otros argumentos. En otros Estados, tanto las normas como las prácticas al implementarlas se han estancado por largos años, y los funcionarios públicos mantienen la costumbre de gran discrecionalidad en la supervisión de las OSC. Estos funcionarios pueden insistir en cambios reiterados a la documentación entregada por las OSC de manera selectiva, causando demoras y gastos indebidos para algunas organizaciones.

Estas limitaciones a la libertad de asociación tienen consecuencias importantes para la sociedad civil. Algunos ejemplos son: grupos de base que dejan de realizar actividades en sus comunidades porque no han logrado entender y cumplir con sus obligaciones de entregar informes obligatorios; organizaciones de buena voluntad que no han alcanzado los impactos deseados en sus misiones del bien público por la falta de fondos; u OSC que bajan la voz en temas transcendentes para el país como la democracia, la corrupción y el medioambiente por miedo de retaliación. Reformas a la normativa y mejoras en las prácticas de implementarla son necesarias para defender el derecho a la libertad de asociación y para evitar el impacto negativo que las limitaciones implican no solo para las OSC, sino para la sociedad en general.

El Centro Internacional para la Ley del Sector No Lucrativo (International Center for Not-for-Profit Law, o ICNL) es una organización dedicada a la promoción de un ambiente jurídico que fortalezca a la sociedad civil, fomente la libertad de asociación, anime la filantropía, y facilite la participación pública en todo el mundo. (Para información sobre ICNL, ver aquí.) ICNL ha acompañado a defensores de derechos humanos en el hemisferio en la promoción y defensa de la libertad de asociación. Hemos observado que las OSC organizadas sí pueden lograr reformas en el entorno legal a través de un diálogo técnico bien informado con el Estado. Elemento indispensable, a nuestro juicio, ha sido facilitar el acceso a información suficientemente persuasiva para: Minimizar el partidismo y la polarización en el debate – por ejemplo, demostrando que el fundamento del llamado a reformas no recae en políticas de oposición, sino en derechos fundamentales y universales; Demostrar el impacto negativo en la práctica que las normas restrictivas, confusas, ineficientes o mal implementadas tienen para las OSC y las comunidades que benefician – por ejemplo, a través de datos obtenidos de entrevistas a abogados, contadores y OSC representativas; y Mostrar leyes y prácticas alternativas y más habilitantes – especialmente modelos de ley y prácticas que están siendo implementados con mejores resultados en países referentes.

Con el apoyo generoso de la Open Society Foundations y la colaboración de equipos de expertos de la región, ICNL ha realizado un estudio regional con el objetivo de contribuir a producir estos tipos de información y de esta forma, promover entornos más favorables para el sector civil en la región. Los productos finales del estudio son Retos y Oportunidades para Promover Entornos Legales más Favorables para las Organizaciones de Sociedad Civil: Una Mirada a Seis Países de América Latina, disponible aquí y los seis informes que fundamentaron el informe regional, disponibles aquí.

La metodología del estudio fue diseñada para satisfacer las demandas de información sobre los entornos legales para la sociedad civil en la región: Para asegurar una presentación representativa de la situación de la libertad de asociación en la región, escogimos seis países que reflejan la diversidad geográfica, socioeconómica, e ideológica de la región: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá.

Para contribuir a que los socios del proyecto produjeran análisis sólidos y comparables sobre las normas que regulan a las OSC, desarrollamos herramientas de investigación de manera participativa.

Investigamos no solo las normas que regulan los ciclos de vida de las OSC, las que representan la base legal de muchas de las restricciones a la libertad de asociación, sino también a otras normas que influyen en la capacidad de las OSC de sostenerse económicamente y de realizar las actividades lícitas de su propia elección: (a) las que regulan el acceso de las OSC al financiamiento público; y (b) las que regulan la participación de las OSC en la formación de políticas públicas.

Procuramos ayudarles a los socios a documentar no solo la letra de la ley, sino como están siendo implementadas, y el impacto práctico de las normas y prácticas de implementación en las OSC. Y apoyamos a los socios a realizar diálogos multisectoriales para crear mayores conocimientos del entorno legal local para las OSC, e identificar las oportunidades para mejorarlo, siempre fundamentados en documentación no partidista de la situación dentro del país, junto con los estándares legales internacionales e investigaciones comparativas de otros países referentes para legisladores, funcionarios públicos, y representantes de otros sectores. El objetivo del diálogo, además de informar, era buscar avanzar en una agenda de posibles reformas, empezando con el corto plazo.

Además de promover reformas tangibles en los entornos legales para las OSC de los seis países que participaron en el estudio, arrancamos el proyecto con el objetivo de un impacto a nivel regional. Primero, esperábamos inspirar e informar iniciativas de investigación e incidencia en otros países latinoamericanos, compartiendo herramientas de investigación, datos analizados, y técnicas de facilitar diálogos que produzcan acuerdos sobre reformas. Y segundo, queríamos contribuir a diseminar y fortalecer las interpretaciones de la libertad de asociación por parte de los mecanismos interamericanos e universales de derechos humanos, para que tanto defensores de derechos humanos como Estados que han ratificado los instrumentos puedan contar con estándares más claros sobre el derecho.

En Retos y Oportunidades para Promover Entornos Legales más Favorables para las Organizaciones de Sociedad Civil: Una Mirada a Seis Países de América Latina, y en los seis informes de país, se puede leer algunos de los resultados de corto plazo de los análisis y los diálogos. Efectivamente, cada equipo de país reportó un impacto positivo en el corto plazo del diálogo realizado para avanzar agendas de reformas legales. El resultado que se reitera es el consenso alcanzado sobre una agenda de reformas precisas – en algunos casos con un plan de incidencia para lograrlas y en otros casos, con el compromiso de colaboración de funcionarios públicos. Varios equipos informaron que como resultado de sus diálogos, se habían formado o fortalecido grupos de trabajo dedicados al seguimiento de las iniciativas de reforma. Los grupos de trabajo acordaron en realizar tareas como la preparación de un borrador de ley OSC con base en puntos consensuados en el diálogo (Panamá); incidencia con los candidatos principales de próximas elecciones sobre la importancia de un marco legal favorable para el sector (Argentina); reformas para unificar definiciones de categorías de OSC elegibles para financiamiento público y privado (Chile); y conversaciones directas con funcionarios de alto rango para discutir la falta de transparencia y equidad en el otorgamiento de fondos públicos designados para las OSC (México). El equipo boliviano reportó su satisfacción por haber facilitado una conversación entre el sector y el Estado en un momento conflictivo para el sector civil y por haber logrado el compromiso del Estado para un futuro diálogo sobre reformas reglamentarias. Finalmente, el equipo brasileño informó sobre una variedad de compromisos de OSC y sus principales redes para diseminar y promover buenas prácticas en transparencia y rendición de cuentas para que las OSC puedan entender y cumplir con sus obligaciones legales.

Más allá de los seis países, hemos visto señales del impacto más amplio esperado del proyecto. Defensores de derechos humanos y académicos de otros países como Honduras y la Republica Dominicana han sido inspirados por Retos y Oportunidades para Promover Entornos Legales más Favorables para las Organizaciones de Sociedad Civil: Una Mirada a Seis Países de América Latina, y se espera que van a utilizarlo para informar nuevos estudios a nivel nacional. El informe también ha generado gran interés por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y su Relatoría de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, donde se espera organizar un evento a nivel regional para considerar sus conclusiones y explorar cómo se puede colaborar para fortalecer los estándares legales regionales sobre la libertad de asociación.

ICNL agradece al Laboratorio de Análisis de Organizaciones de Movimientos Sociales por la oportunidad de compartir nuestro informe y de socializar las publicaciones de nuestros socios en Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, México y Panamá. Esperamos que esta diseminación amplíe su impacto entre actores comprometidos a fortalecer a la sociedad civil mexicana y regional.

Puedes visitar el informe completo en:

https://laoms.org/retos-y-oportunidades-entornos-legales-favorables-osc/

Invitamos cualquier comentario o pregunta; pueden escribir a Jocelyn Nieva (jnieva@icnl.org) o a Claudia Guadamuz (cguadamuz@icnl.org).

Jocelyn Nieva

Asesora Legal Principal para América Latina del Centro Internacional para la Ley del Sector No Lucrativo (International Center for Not-for-Profit Law, o ICNL). Su enfoque profesional es en las libertades de asociación y reunión pacifica; ha colaborado con socios de organizaciones de sociedad civil (OSC), gobiernos, académicos y otros sectores para promover entornos legales más favorables para las OSC en varios países de la región. También ha colaborado con profesores afiliados con universidades a lo largo de las Américas para que más abogados y contadores estén preparados para brindar asesoría legal y fiscal a las OSC. Antes de entrar en ICNL, Srta. Nieva trabajó como abogada en la Fundacion Interamericana, el Departamento de Salud y Servicios Humanos, la Corte de Apelaciones de Washington, DC, y una firma privada. Se recibió de abogada de la Washington College of Law, American University.

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